Otras secciones
Otros sitios
Utilidades
En cuanto al código de colores de la etiqueta energética, se establecen como modelo de color sustractivo el modelo CMYK –acrónimo de Cyan, Magenta, Yellow y Key– para obtener la gama de colores para cada Calificación Energética: A, B, C, D, E, F y G. Evidentemente, la obtención de una determinada categoría siempre lleva aparejada la posibilidad de mejorar la calificación, adoptando las medidas correctoras establecidas por el técnico certificador en el informe del certificado de eficiencia energética. Este aspecto es importante para el vendedor y/o arrendador del inmueble, ya que a partir de ahora la calificación energética obtenida podría influir de alguna forma en el valor de mercado del inmueble.
Una mayor calificación se traduce en un ahorro energético importante que certifica que el inmueble funciona con menor energía y menor mantenimiento de las instalaciones. Por tanto, el hecho de tener que desembolsar menos dinero en el funcionamiento y mantenimiento de la vivienda, convertirá este tipo de inmuebles en un producto rentable y muy valorado en el mercado inmobiliario.
En cuanto a la obligatoriedad de realizar el certificado energético, el Real Decreto es bastante claro al respecto y establece que el responsable de encargar el informe será el propietario o promotor de un edificio o unidad del mismo. Por tanto, todos los propietarios o promotores de vivienda de obra nueva o existente, en régimen de alquiler o en venta, deberán disponer obligatoriamente de este certificado, además de registrarlo en el Registro de Certificaciones de su comunidad autónoma correspondiente.